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Derecho general
10 de junio de 202510 min de lectura

Derecho de petición en Colombia: guía práctica completa

Todo sobre el derecho de petición en Colombia: base constitucional, tipos, cómo redactarlo, plazos de respuesta y qué hacer si no responden.

Un derecho fundamental

El derecho de petición está consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política como un derecho fundamental. Permite a toda persona dirigirse a las autoridades públicas (y en ciertos casos a particulares) para obtener información, hacer consultas, presentar quejas, reclamos o sugerencias, y obtener una respuesta oportuna.

Su reglamentación se encuentra en la Ley 1755 de 2015, que sustituyó el Título II del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).

Tipos de petición

  • Petición de información: Solicitar acceso a documentos o información pública.
  • Consulta: Solicitar un concepto o pronunciamiento sobre una materia específica.
  • Queja: Poner en conocimiento de la autoridad conductas irregulares de servidores públicos o particulares que presten funciones públicas.
  • Reclamo: Exigir el reconocimiento de un derecho o la resolución de una situación jurídica particular.
  • Sugerencia: Proponer mejoras en los servicios o funcionamiento de la entidad.

¿A quién se puede dirigir?

  • Entidades públicas: Cualquier entidad del Estado, a nivel nacional, departamental o municipal.
  • Particulares: Cuando prestan servicios públicos, cuando la solicitud se relaciona con datos personales del peticionario (habeas data), o cuando se trate de información de interés general.

¿Cómo redactar un derecho de petición?

El derecho de petición no requiere formalidades especiales, pero una buena estructura facilita su trámite:

  1. Encabezado: Ciudad, fecha, entidad y persona a quien se dirige.
  2. Asunto: "Derecho de petición" con una breve referencia al tema.
  3. Identificación del peticionario: Nombre, cédula, dirección y datos de contacto.
  4. Hechos: Narración clara y cronológica de los hechos relevantes.
  5. Petición: Lo que se solicita de manera concreta y precisa.
  6. Fundamentos legales: Artículo 23 de la Constitución, Ley 1755 de 2015 y demás normas aplicables.
  7. Pruebas: Documentos que respalden la petición.
  8. Notificaciones: Dirección y correo electrónico donde se recibirá la respuesta.

Plazos de respuesta

La Ley 1755 de 2015 establece los siguientes plazos:

  • Peticiones generales: 15 días hábiles.
  • Peticiones de información y documentos: 10 días hábiles.
  • Consultas: 30 días hábiles.

Si la entidad no puede resolver dentro del plazo, debe informar al peticionario las razones e indicar la fecha en que responderá, sin que este nuevo plazo exceda del doble del inicialmente previsto.

¿Qué hacer si no responden?

La falta de respuesta a un derecho de petición constituye una violación de un derecho fundamental, lo que habilita al peticionario para:

  • Presentar una acción de tutela: Al ser el derecho de petición un derecho fundamental, su vulneración puede protegerse mediante tutela (artículo 86 de la Constitución).
  • Denunciar ante la Procuraduría General de la Nación: El servidor público que no responda oportunamente puede ser investigado disciplinariamente.

Silencio administrativo

En algunos casos, la falta de respuesta genera silencio administrativo positivo (se entiende que la petición fue aceptada) o negativo (se entiende que fue negada, habilitando la vía judicial). El tipo de silencio depende de la materia y de las normas especiales que apliquen.

Características importantes

  • Es gratuito: no se paga nada por presentar un derecho de petición.
  • Es informal: no requiere abogado ni fórmulas sacramentales.
  • Puede presentarse por escrito, verbalmente (la entidad debe dejar constancia) o por medios electrónicos.
  • La respuesta debe ser clara, precisa, congruente y de fondo: no basta con acusar recibo.
El derecho de petición es una de las herramientas más poderosas y accesibles del ciudadano colombiano. No requiere abogado, no cuesta dinero y obliga a las entidades a responder en plazos definidos.
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