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Derecho laboral
2 de septiembre de 202510 min de lectura

Seguridad social en Colombia: obligaciones del empleador

Conoce las obligaciones del empleador frente a la seguridad social en Colombia: salud, pensión, ARL, caja de compensación y aportes parafiscales.

El sistema de seguridad social integral

La Ley 100 de 1993 creó el Sistema de Seguridad Social Integral en Colombia, compuesto por cuatro subsistemas que todo empleador debe conocer y cumplir.

1. Sistema General de Salud (EPS)

El empleador debe afiliar a cada trabajador a una EPS. El trabajador elige la entidad.

  • Aporte total: 12,5% del ingreso base de cotización.
  • Empleador paga: 8,5%.
  • Trabajador paga: 4%.

2. Sistema General de Pensiones (AFP)

El empleador debe afiliar al trabajador a un fondo de pensiones (Colpensiones o fondo privado).

  • Aporte total: 16% del IBC.
  • Empleador paga: 12%.
  • Trabajador paga: 4%.

3. Sistema General de Riesgos Laborales (ARL)

El empleador elige la ARL y asume la totalidad del aporte. La tarifa varía según el nivel de riesgo:

  • Riesgo I (mínimo): 0,522% — Actividades administrativas.
  • Riesgo II (bajo): 1,044% — Manufactura liviana.
  • Riesgo III (medio): 2,436% — Manufactura pesada.
  • Riesgo IV (alto): 4,350% — Construcción.
  • Riesgo V (máximo): 6,960% — Minería subterránea.

4. Caja de compensación familiar

Aporte equivalente al 4% del total de la nómina. Da derecho a subsidio familiar, recreación y otros servicios.

Aportes parafiscales

  • SENA: 2% de la nómina.
  • ICBF: 3% de la nómina.

Las empresas que cumplan los requisitos de la Ley 1607 de 2012 están exoneradas de estos aportes por trabajadores que devenguen menos de 10 SMLMV.

La PILA

Todos los aportes se pagan a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). El empleador debe realizar el pago mensual dentro de los plazos según su NIT.

Consecuencias del incumplimiento

  • Multas del Ministerio del Trabajo: Hasta 500 SMLMV.
  • Responsabilidad directa: Si el trabajador sufre un accidente sin estar afiliado, el empleador cubre todos los gastos.
  • Intereses moratorios sobre aportes tardíos.
  • Acciones penales por apropiación indebida de recursos de seguridad social.
La seguridad social no es opcional: es una obligación legal cuyo incumplimiento puede tener consecuencias devastadoras para la empresa y para el trabajador.
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